tarjeta de crédito
La tarjeta de crédito es un instrumento material de identificación del usuario, que puede ser una tarjeta de plástico con una banda magnética, un microchip y un número en relieve. Es emitida por un banco o entidad financiera que autoriza a la persona a cuyo favor es emitida, a utilizarla como medio de pago en los negocios adheridos al sistema, mediante su firma y la exhibición de la tarjeta. Es otra modalidad de financiación, por lo tanto, el usuario supone asumir la obligación de devolver el importe dispuesto y de pagar los intereses, comisiones bancarias y gastos pactados.
J.E.B.H./chelyto
Las indirectas, son las de los bancos, porque la compra de bienes o prestación de servicios corre a cargo de terceros, pero en la actualidad esta clasificación resulta un tanto discutible y sólo aceptable, por cuanto hace los bienes o servicios proporcionados por terceros, ya que con el uso de cajas automáticas, el banco está proporcionando dinero al tarjeta-habiente. Sus elementos personales son:
- Un banco
- Un tarjeta-habiente
- Los proveedores
- La tarjeta de crédito
- El contrato de apertura de crédito
- Un pagaré, notas de cambio, recibos o claves telefónicas
- Un contrato de proveedores M.G.C.
- La empresa comercial emisora
- El tarjeta habiente
- Un contrato de apertura de crédito
- Un pagaré
Las tarjetas de crédito directas o comerciales se emiten por sociedades comerciales, con la finalidad de incrementar sus ventas poniendo al alcance de sus clientes bienes y servicios, se expiden gratuitamente y solamente se pueden utilizar en la tienda que la otorga o sus sucursales.
Los créditos operan de la siguiente manera:
- En cuenta corriente. Se limita al término de uno a tres meses y cantidades menores, por lo que en el plazo de un mes no se cargan intereses, o hasta doce meses en pagos diferidos y se limita a la adquisición de bienes y servicios de bajo costo.
- En cuenta especial. Se otorga a plazo más largo, por consiguiente se autoriza una cantidad mayor, el plazo es de 12 a 36 meses, con un interés que se calcula como en las tarjetas de crédito bancarias, sumando siete puntos al costo porcentual promedio, con base al cálculo mensual que dé a conoce el Banco de México.
Y.M.B.***
- La mención de ser tarjeta de crédito
- La denominación de la institución que la expida
- Número seriado para efectos de control
- El nombre del titular y una muestra de su firma visual o codificada electrónicamente
- La mención de que su uso se sujeta al tarjetahabiente a las disposiciones establecidas en el contrato de apertura de crédito correspondiente
- La mención de ser intransferible
- La fecha de vencimiento de la tarjeta
El tarjetahabiente también podrá disponer de dinero en efectivo en las oficinas de la institución, en las de sus corresponsales bancarios y a través de equipos especializados.
Los pagarés que se deriven de operaciones celebradas en territorio nacional, deberán contener la mención de ser negociables únicamente con instituciones de crédito.
Y.M.B.:p
D.E.G. love
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