Un acuerdo es, en Derecho, una decisión tomada en común por dos o más personas, por una junta, asamblea o tribunal. También se denomina así a un pacto, tratado o resolución de organizaciones, instituciones, empresas públicas o privadas.
J.E.B.H./chelyto
Es, por lo tanto, la manifestación de una convergencia de voluntades con la finalidad de producir efectos jurídicos. El principal efecto jurídico del acuerdo es su obligatoriedad para las partes que lo otorgan naciendo para las mismas obligaciones y derechos. Es válido cualquiera que sea la forma de su celebración, oral o escrita, siempre que el consentimiento de los otorgantes sea válido y su objeto cierto, determinado, no esté fuera del comercio o sea imposible.
M.G.C.
Características del acuerdo:
1.- Titulo (Acuerdo).
2.- Referencias o numero de acuerdo.
3.- Fecha y lugar.
4.- Nombre del departamento o la persona que va dirigida.
5.- Cuerpo del acuerdo.
Y.M.B.***
6.- Atentamente.
7.- Firmante.
8.- Referencias finales.
Y.M.B.:p
Ejemplo:
ACUERDO NUM. 51
México, D.F., a 1 de Diciembre de 2009.
DIRECTOR DE LA ESCUELA SECUNDARIA 14 8 EN EL D.F. PRESENTE:
Con motivo de los altos índices de contaminación que se han venido registrando en el Valle de México, comunico a usted el horario escolar a partir del día 16 del presente mes. Los alumnos que asisten a esa escuela al digno cargo de usted, lo harán con horario de 9:00 a 13:00 horas y se mantendrán en las aulas escolares durante el tiempo de recreo, además se abstendrán de efectuar cualquier tipo de ejercicios físicos, hasta nuevo aviso.
Atentamente
EL SUBSECRETARIO PROFR.
CONRADO GONZALEZ LUGO
D.E.G.love
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